Impacto de la IFRS 16 en los Contratos de Rendimiento Energético: un análisis rápido
Uno de los principales argumentos para desarrollar contratos de rendimiento energético en los que se cambia CAPEX por OPEX, es la desaparición de deuda asociada a un proyecto. Se cambia endeudamiento por gasto operativo, algo que permite despejar los balances y aumentar la capacidad de endeudamiento de las empresas. Pero la normativa contable definida en la IFRS 16 no siempre lo permite y hay algunos puntos que se deben tener en cuenta.
¿En qué consiste un Contrato de Rendimiento Energético (CRE)?
En un Contrato de Rendimiento Energético (CRE) se pone a disposición del cliente un equipo de expertos orientados al ahorro energético con amplio conocimiento en herramientas de monitorización, ofreciendo servicios integrados de Operación y Mantenimiento (O&M) de activos, así como de instalaciones auxiliares realizadas, en busca del máximo rendimiento de los equipos y según las condiciones establecidas por su negocio.
De esta forma, los clientes pueden convertir una gestión tradicionalmente llevada a cabo en interno en una actividad externalizada completamente. Lo que supone que se centren en su actividad principal, haciendo los procesos más eficientes y mucho más productivos y alcanzando, por tanto, su máximo potencial. Este concepto supone lo siguiente:
- Permite centrar todos los recursos en aquellas actividades que componen su “core” aumentando sus ventas y beneficio operativo, al no destinar recursos en aspectos que requieren personal especializado y tecnología especifica.
- Se evitan realizar desembolsos económicos en esos procesos, pudiendo orientar esos recursos al crecimiento de la compañía y a la mejora de los resultados.
- Con el análisis económico y técnico de los diferentes activos y procesos, se consigue mejorar la productividad y el coste energético, consiguiendo transformar una inversión en un coste operativo durante la duración del contrato.
Cómo influye la normativa contable IFRS16
En ocasiones la normativa contable; y en concreto las modificaciones y la implementación de la IFRS16 (NIIF16), puede producir que el efecto deseado de tener un coste operativo (en lugar de una inversión) no se consiga desde el punto de vista contable.
El IFRS 16 Arrendamientos fue emitido por ISAB (International Accounting Standars Board) en enero de 2016. Reemplazará al IAS 17 Arrendamientos para los períodos de presentación de reporte que comiencen en o después del 1 de enero de 2019.
El IFRS 16 establece un modelo comprensivo para la identificación de los acuerdos de arrendamiento y su tratamiento en los estados financieros, tanto de arrendatarios como de arrendadores, distinguiendo entre arrendamientos y contratos de servicio; con base en si hay un activo identificado controlado por el cliente.
Uno de los aspectos más notables del IFRS 16 es que los modelos de contabilidad del arrendatario y del arrendador son asimétricos.
Si bien IASB ha mantenido para los arrendadores la distinción del IAS 17 entre arrendamiento financiero y arrendamiento operacional (trasladando al IFRS 16 los requerimientos detallados virtualmente intactos), la distinción ya no es relevante para los arrendatarios.
Para los arrendatarios, el cuadro es fundamentalmente diferente y puede esperarse que el IFRS 16 tenga un impacto importante; particularmente para las entidades que previamente hayan tenido una proporción grande de su financiación ‘fuera de balance’ en la forma de arrendamientos operacionales. Asimismo, ya no está disponible este tratamiento de contabilidad estilo arrendamiento operacional, excepto para los arrendamientos de corto plazo (término de arrendamiento de 12 meses o menos) y los arrendamientos de activos de valor bajo.
Los arrendatarios, a su vez, deberán realizar cambios en la clasificación del gasto de arrendamiento; desde gastos de operación hacia costos de financiación y amortización (p.ej. moviéndose por debajo métricas tales como utilidad operacional, EBITDA o EBIT)
Un CRE permite financiar proyectos de descarbonización: ENGIE como partner financiero
Desde ENGIE diseñamos, operamos, mantenemos y gestionamos la energía, tanto requerida como producida por los diferentes activos, estableciendo un control operativo de los mismos. Del mismo modo, nuestros clientes pueden contar con acceso a financiación, donde nosotros asumimos el total o una parte de la inversión necesaria para garantizar que las nuevas instalaciones, o la renovación de las existentes, obtengan el máximo ahorro energético.
En resumen, podemos ayudar a los departamentos financieros con los argumentos necesarios para acompañar contablemente a establecer la realidad del servicio proporcionado, y así evitar la controversia de que sea considerado arrendamiento. Además, mantenemos el riesgo técnico de operación que sitúa el contrato en una situación clara de servicio.
Autor: David Alejo Gárgoles – Head of financial special projects
Bibliografía: 2016, Deloitte