El autoconsumo fotovoltaico industrial y sus modalidades: con o sin excedentes
La publicación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, supuso un cambio sustancial que abrió un nuevo abanico de posibilidades al autoconsumo fotovoltaico industrial.
El cambio más significativo fue la reducción de costes asociados, facilitando su viabilidad económica y convirtiendo al autoconsumo en una opción a tener en cuenta por parte de empresas e industrias.
Además, el precio de los módulos solares, que suponen una parte significativa de la inversión, se ha reducido casi un 90% en la última década (un 99,6% en 50 años)[1].
Esto ha permitido un crecimiento exponencial en el número y potencia de las instalaciones y en el conocimiento de las empresas instaladoras, abriendo nuevas posibilidades para su desarrollo como instalaciones sin inversión (PPA on-site), leasing y renting fotovoltaico o Comunidades Energéticas (autoconsumo compartido).
Según los datos de UNEF el autoconsumo fotovoltaico industrial creció más de un 100% en 2022 y supuso el 47% de la nueva potencia total instalada en ese año, alcanzando casi los 2.500 MW de potencia acumulada. ENGIE cuenta con más de 250 referencias en este segmento, adaptando sus soluciones a las necesidades del cliente.
¿Qué se considera una instalación de autoconsumo industrial y qué ventajas tiene?
Según la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), el autoconsumo fotovoltaico industrial es aquel que se desarrolla en empresas e industrias y cuya capacidad instalada es superior a 50 kWp. En cambio, las instalaciones con una potencia entre 10 kWp y 50 kWp se consideran comerciales, siendo las residenciales aquellas de potencia inferior a 10 kWp. El autoconsumo fovotaltaico industrial cuenta con las siguientes ventajas:
¿A qué modalidades se puede acoger un consumidor industrial?
La norma define dos modalidades de autoconsumo a las que pueden acogerse los clientes: sin excedentes o con excedentes.
- Autoconsumo fotovoltaico industrial sin excedentes: en esta modalidad se instala un dispositivo fijo (antivertido) que impide que la energía producida y no autoconsumida se vierta a la red de transporte o distribución.
- Autoconsumo fotovoltaico industrial con excedentes: esta modalidad sí permite verter los excedentes producidos y no autoconsumidos a la red de transporte o distribución. Aquí se distinguen dos tipologías:
- Con excedentes, acogida a compensación: esta modalidad permite que el cliente obtenga una compensación en su factura energética por el execedente que vierte a la red. Para poder acogerse a la compensación se han de cumplir una serie de características[2]:
- La instalación generadora debe provenir de fuentes renovables.
- La potencia de la instalación de producción no puede ser superior a 100 kW.
- Se debe suscribir un contrato de compensación de excedentes entre productor y consumidor.
- Si procede, se debe haber suscrito un contrato único de consumo y servicios auxiliares.
- La instalación no debe tener otorgado un régimen retributivo adicional específico.
- Con excedentes, no acogida a compensación: pertenecerán a esta tipología los autoconsumos con excedentes que no cumplan todas las características requeridas en el apartado anterior.
- Con excedentes, acogida a compensación: esta modalidad permite que el cliente obtenga una compensación en su factura energética por el execedente que vierte a la red. Para poder acogerse a la compensación se han de cumplir una serie de características[2]:
En la modalidad de autoconsumo fotovoltaico industrial con excedentes no acogida a compensación, las instalaciones venderán la energía excedentaria en el mercado eléctrico y ésta recibirá el mismo tratamiento que el resto de energía producida por fuentes renovables, cogeneración y residuos, siendo aplicable el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) del 7%[3].
En estos casos, la empresa deberá darse de alta como productor de energías renovables en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (RAIPEE), y normalmente suscribirá un contrato de representación en el mercado[4] para la gestión de esta venta de energía.
También deberá cumplir con las obligaciones técnicas que se imponen a los productores de energía de origen renovable relativas a la operación del sistema, telemedidas, etc., y cumplir igualmente con las obligaciones tributarias y/o fiscales que se deriven de esa actividad económica.
¿Puedo obtener un ingreso adicional por la venta de los excedentes no autoconsumidos?
Sí, tu empresa puede vender los excedentes en el mercado, pero deberá estudiar cuidadosamente la rentabilidad de esta operativa y si es económicamente viable. Se debe comprobar, asimismo, que exista disponibilidad de conexión en la red de transporte o distribución.
Esta tipología suele ser más interesante para empresas con un consumo eléctrico elevado y que dispongan de cubiertas con grandes superficies o terreno disponible en los que se pueda dimensionar correctamente la instalación.
En cualquier caso, lo primero que se debe tener en cuenta es que el autoconsumo, como su propio nombre indica, está diseñado para contribuir al ahorro en la factura eléctrica, reduciendo la energía que se consume de la red y aportando certidumbre económica a lago plazo. La venta de excedentes puede ser una opción viable en algunos casos, pero no es el objetivo fundamental de las soluciones de autoconsumo.
Optar por una solución de autoconsumo cobra especial sentido en España, país que cuenta con uno de los mejores recursos solares de la Unión Europea, con una media de más de 2.500 horas de sol al año[5]. Esto hace que las instalaciones de autoconsumo sean más eficientes que en los países del centro y norte de Europa.
Si no dispongo de espacio en las cubiertas, ¿el autoconsumo fotovoltaico se puede instalar en suelo?
Por supuesto, es posible desarrollar instalaciones en suelo en terrenos disponibles cercanos o en el aparcamiento de tu empresa.
La versatilidad del autoconsumo industrial permite, asimismo, desarrollar las instalaciones sobre marquesinas fotovoltaicas, optimizando el espacio disponible y proporcionando áreas sombreadas para los vehículos estacionados.
[1] Solar photovoltaic PV module prices 1975-2022; Solar PV prices 2022. (s.f.). Our World in Data. |
[2] La instalación generadora es de fuente renovable; La potencia de la instalación de producción es igual o inferior a 100 kW; Si procede, se ha suscrito un contrato único para de consumo y servicios auxiliares; Se suscribe un contrato de compensación de excedentes entre productor y consumidor y; La instalación no tiene otorgado un régimen retributivo adicional específico. |
[3] Actualmente suspendido hasta 31 de diciembre de 2023 mediante el artículo 5 del Real Decreto-Ley 20/2022, de 27 de diciembre, que modifica el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre. |
[4] Existen otras opciones disponibles para la participación en el mercado por ejemplo la firma de contratos bilaterales o constituirse como agente del mercado. |
[5] Fuente: solargis.com/es. |
Autor: Carlos de Sande Inyesto, Area Manager Decentralized PV